El sector de la rehabilitación y la gestión de los fondos europeos

El sector de la rehabilitación ha alcanzado un nivel de demanda muy elevado, gracias a los distintos planes de ayudas a nivel nacional y local que hemos tenido en España en los últimos años. La actividad de rehabilitación ha tenido un notable crecimiento entre los años 2017 y 2019 (un incremento del 10% en el número de edificios rehabilitados), aunque es necesario continuar y aumentar más los edificios rehabilitados para poder cumplir con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, donde se estima rehabilitar 1.200.000 viviendas, en el conjunto del período.
En general los objetivos que necesitamos alcanzar son establecidos por directivas europeas, para que la Unión Europea logre sus objetivos de eficiencia energética y neutralidad climática de aquí a 2050. Esto nos puede permitir aprovechar de los fondos europeos para poder mejorar la calidad de vida en nuestros hogares, para que sean más eficientes y más confortables.
El mayor problema que hemos tenido en los últimos años es la divulgación de las ayudas vigentes a los usuarios, que en la mayoría de las veces tienen que hacer este papel las empresas de rehabilitación cuando vienen llamadas para hacer un presupuesto. En esta línea, el nuevo plan de ayuda Next Generation EU es una nueva oportunidad para toda España, pues presenta muchas novedades, como:

La posibilidad de pedir ayudas para pertenencias de comunidades de propietarios. En este caso se pide reducir mínimo un 7% la demanda de energía anual global de calefacción y refrigeración. Claramente la cuantía de ayuda que se puede obtener es netamente inferior a si se piden ayudas para toda la comunidad, porque el objetivo el rehabilitar en grande para poder llegar a alcanzar los objetivos europeos que nos piden.
La posibilidad de pedir ayudas para la elaboración de los libros de edificios
Un inicio de las actuaciones subvencionables tiene que ser posterior al 1 de febrero de 2020. Así, la obra puede estar ya empezada.
La posibilidad de que los edificios protegidos oficialmente, en los que están limitadas las actuaciones sobre los elementos que componen la envolvente térmica, no tengan que cumplir con la reducción de demanda establecida.
El hecho de que en los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora queden eximidos del cumplimiento del requisito de reducción de demanda energética anual global de calefacción y refrigeración.

La aclaración de qué es un gestor de la rehabilitación, en tanto persona física o jurídica, entidad pública o privada, que pueda realizar actuaciones de impulso, seguimiento, gestión de ayudas públicas, acceso a la financiación, elaboración de documentación o proyectos técnicos u otras actuaciones necesarias para el desarrollo de las actuaciones de rehabilitación o mejora que puedan ser objeto de financiación a través de alguno de los programas.
La posibilidad de aplicar en los recursos transferidos y en las convocatorias la participación de estos agentes o gestores de la rehabilitación, que faciliten modelos tipo “llave en mano” a propietarios y comunidades de propietarios de edificios de vivienda.
El hecho de que las obras tengan que estar terminadas antes del día 30 de junio de Por su parte, la documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser presentada con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.
Beneficios fiscales del IRPF, con una deducción desde entre el20% hasta el 60%.
Estas novedades, que se erigen como retos para los implicados en la rehabilitación energética a partir de ahora, van a suponer la posibilidad de reducir al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, que es el requisito mínimo para poder pedir las ayudas en unifamiliares y comunidades de vecinos.

Fuente:Maria C. Cocchiara ANERR. pisos.com